La Audiencia de Valencia ordena abrir juicio oral contra Mónica Oltra

El tribunal provincial revoca el archivo provisional y obliga al Juzgado de Instrucción 15 a sentar en el banquillo a la exvicepresidenta valenciana y a otros nueve acusados por el presunto encubrimiento de los abusos a una menor cometidos por el exmarido

24 de Febrero de 2026
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La Audiencia de Valencia ordena abrir juicio oral contra Mónica Oltra
La exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana, Mónica Oltra

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 15 abrir juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana Mónica Oltra y otras nueve personas, todas ellas investigadas por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales sufridos por una menor tutelada y cometidos por el entonces marido de Oltra.  

La resolución responde a los recursos interpuestos por las acusaciones populares y corrige la decisión previa del juzgado instructor, que había acordado el sobreseimiento provisional de la causa.
En su auto, la Audiencia subraya que el juez instructor “no puede negar a las acusaciones” la apertura de juicio oral “si existe probabilidad de que los hechos puedan ser apreciados como subsumibles en una conducta” que las partes acusadoras valoran “razonablemente” como delictiva, de acuerdo con la comunicación difundida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).  El tribunal provincial estima así los recursos de las acusaciones y vuelve a dejar sin efecto el criterio del Juzgado de Instrucción número 15, que en diciembre desestimó las impugnaciones y mantuvo el archivo provisional al no apreciar indicios de delito, posición que compartía la Fiscalía.

La causa se centra en la gestión que realizaron responsables y personal de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana ante la denuncia de abusos sexuales a una menor tutelada, hechos por los que el exmarido de Oltra fue condenado en una causa separada.  Las acusaciones sostienen que hubo un encubrimiento y un trato inadecuado a la víctima, mientras que los autos de archivo del juzgado instructor venían descartando la existencia de indicios sólidos y atribuían las imputaciones a meras conjeturas o sospechas, extremos que ahora deberán dirimirse en juicio oral.
La decisión de la Audiencia de València supone un nuevo giro en un procedimiento marcado por varios archivos y reaperturas a lo largo de los últimos años.  La apertura de juicio oral no implica un pronunciamiento sobre la culpabilidad o inocencia de los acusados, que se mantiene intacta hasta que exista una eventual sentencia firme, y abre ahora una fase en la que las partes deberán presentar sus escritos de acusación y defensa antes de la celebración del juicio.

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